Aguinaldo en Costa Rica: Todo Lo Que Debe Saber

por | Last updated Dec 13, 2023 | Derecho Laboral

aguinaldo costa rica

El aguinaldo en Costa Rica siempre es muy esperado por todos los trabajadores al finalizar el año. Sin embargo siempre existen muchas dudas para empleados y patronos alrededor de este tema, ya que el pago del aguinaldo depende del tipo de trabajo de cada persona.

Es por esta razón que entrevistamos a nuestra abogada Gabriela Monge, especialista en derecho laboral en Costa Rica, para esclarecer todas las dudas sobre el aguinaldo en Costa Rica.

 

abogada gabriela monge

 

Qué es el aguinaldo en Costa Rica y qué incluye?

El aguinaldo es un décimo tercer salario al que tienen derecho los trabajadores por disposición legal. El cálculo del aguinaldo debe incluir  todas las remuneraciones que haya percibido el trabajador desde el 1° de diciembre del año anterior hasta el 30 de noviembre del presente año.

Todas las remuneraciones percibidas por el trabajador durante ese período,  deben ser tomadas en cuenta para ese cálculo. Con “remuneraciones” me refiero a los salarios, pago de horas extras, bonificaciones, comisiones, o bien, cualquier monto que se haya recibido de acuerdo a un determinado esquema de compensación.

 

¿Cómo se calcula el aguinaldo y cómo se paga?

Se calcula sumando todas las remuneraciones que ya mencionamos (desde el primero de diciembre del año anterior al treinta de noviembre del presente año: salarios, pagos extras, bonos y otros, posteriormente, se divide el resultado de esa sumas entre doce.

Ese sería digamos el promedio mensual de remuneraciones en un año y sería lo que le corresponde como aguinaldo al trabajador durante ese año. Puede ser que muchas personas reciban, por ejemplo, 200 mil colones mensuales y el monto que perciben no varia mes a mes, entonces ese será el monto que le corresponderá de aguinaldo.

Pero, puede ser que un mes reciba 200 mil; otro mes, 300 mil, entonces ese monto varía para el cálculo de su aguinaldo.

 

¿Quién tiene derecho al aguinaldo en Costa Rica?

Todos los trabajadores. Hay que tener muy claro que, si son personas que están bajo régimen de subordinación jurídica, que tienen un horario que cumplir, prestan personalmente el servicio, están a las órdenes de un patrono, ellos sí tienen derecho a recibir aguinaldo.

Hay que hacer una aclaración con respecto a las personas que trabajan como Servicios de  profesionales, porque si efectivamente tienen un contrato de servicios, no tienen subordinación jurídica, no tienen que presentarse a un horario de trabajo, trabajan por servicios, como  por ejemplo un abogado, un contador, en estos casos la figura del aguinaldo no aplica, por cuanto es sólo para trabajadores.

 

 

¿Cuándo se paga el aguinaldo?

Se deben pagar entre el 1° de diciembre y el 20 de diciembre, que es el último día efectivo para realizar el pago.

Si no se paga en este período, entonces ya lo que hay que hacer es ir a presentar una denuncia en el Ministerio del Trabajo por justamente “pago tardío de aguinaldo” o por “no pago de aguinaldo”, lo cual representa una infracción al Código de Trabajo. El MTSS al día siguiente de presentada la denuncia, procede con las inspecciones correspondientes para verificar los incumplimientos.

 

¿Cómo se aplica el aguinaldo para empleadas domésticas?

Es exactamente igual que el caso del resto de los trabajadores; no obstante, acá se debe considerar el elemento del salario en especie, el cual también debe contabilizarse.

 

¿Cómo se aplica el aguinaldo para la pensión alimentaria?

En este caso, el aguinaldo en temas de pensión alimentaria es un derecho del menor, por lo que el deudor alimentario debe pagarlo a favor del menor de edad.  Ese aguinaldo debe de pagarse los primeros quince días del mes de diciembre.

Entonces, por ejemplo, si hay una persona que no trabaja para una empresa, sino que brinda servicios profesionales y no recibe aguinaldo, de igual forma si es deudor alimentario tiene que pagarle el aguinaldo al menor como tal.

 

Si una persona tuvo una incapacidad, ¿afecta el aguinaldo?

Si la incapacidad es mayor de tres días, sí va a afectar, porque cuando yo estoy incapacitado por más de tres días, la CCSS paga como un subsidio y el patrono no paga el salario como tal, razón por la cual la remuneración varia y por ende el cálculo del aguinaldo también.

Es por lo anterior que si, durante un mes  yo no recibí ningún tipo de salario o remuneración, mi cálculo del aguinaldo va a bajar considerablemente porque en ese mes yo lo que recibí fue subsidio de la Caja y no recibí salario, subsidio que no será contabilizado para efectos del cálculo del aguinaldo.

 

¿Se puede embargar o retener el aguinaldo en Costa Rica?

No se puede embargar ni retener, salvo que haya una orden judicial, por ejemplo, el tema de pensión alimentaria; pero, por lo general, no se puede embargar ni se puede retener, y además de eso, no está sujeto al pago de cargas sociales.

Es decir, el aguinaldo es un monto que se paga de forma íntegra.

 

¿Qué pasa si la persona renuncia o es despedida antes de diciembre?

Si renuncia o se despide, igual se le tiene que pagar el monto proporcional al aguinaldo.

Por ejemplo, si la persona renuncia o se despide en octubre, se realiza el cálculo de todas las remuneraciones que percibió desde el 1° de diciembre del año anterior hasta octubre del 2023, en este caso.

Entonces, se le paga igual.

Si tiene alguna duda, puede contactar a nuestra abogada experta en derecho laboral, Gabriela Monge.