En Costa Rica, la terminación de una relación laboral conlleva una serie de derechos y obligaciones tanto para el empleador como para el trabajador. Comprender a fondo la Indemnización por despido en Costa Rica es esencial para garantizar una terminación justa y conforme a la legislación vigente.
En BGA Abogados Costa Rica, especialistas en Derecho Laboral, ofrecemos esta guía detallada para esclarecer los aspectos clave relacionados con la indemnización por despido en el país.
Indemnización por despido en Costa Rica
Al concluir una relación laboral, es crucial distinguir entre varios términos que, aunque relacionados, tienen implicaciones diferentes:
- Preaviso: Periodo que debe mediar entre la notificación de la terminación del contrato y su efectividad.
- Auxilio de cesantía: Compensación económica otorgada al trabajador despedido sin causa justificada.
- Liquidación: Suma de todas las prestaciones y derechos adquiridos por el trabajador hasta la fecha de terminación.
Preaviso: Obligaciones y derechos
El preaviso permite que ambas partes se preparen para la finalización del contrato:
- De 3 a 6 meses: 1 semana.
- De 6 meses a 1 año: 15 días.
- Más de 1 año: 1 mes.
Si el empleador omite otorgar el preaviso, debe compensar al trabajador con el salario correspondiente a dicho periodo. Durante el preaviso, el trabajador tiene derecho a un día libre por semana, con goce de salario, para buscar un nuevo empleo.
Auxilio de cesantía: Cálculo y límites
El auxilio de cesantía se calcula en función del tiempo laborado:
- De 3 a 6 meses: 7 días de salario.
- De 6 meses a 1 año: 14 días de salario.
- Más de 1 año: Según la siguiente tabla.
Años Laborados | Días de Salario por Año |
---|---|
1 | 19.5 |
2 | 20 |
3 | 20.5 |
4 | 21 |
5 | 21.24 |
6 | 21.5 |
7 | 22 |
8 | 22 |
9 | 22 |
10 | 21.5 |
11 | 21 |
12 | 20.5 |
13 en adelante | 20 |
Importante: La ley establece un tope máximo de 8 años para el pago de cesantía. Aunque el trabajador haya laborado más tiempo, solo se indemnizan hasta 8 años.
Ejemplo de cálculo de cesantía
Supongamos que un trabajador gana ₡600,000 mensuales y ha trabajado 6 años:
- Salario diario: ₡600,000 / 30 = ₡20,000
- Días de cesantía por año: 21.5
- Total: 21.5 x 6 = 129 días
- Indemnización: 129 x ₡20,000 = ₡2,580,000
Liquidación: Componentes adicionales
Además del preaviso y la cesantía, la liquidación incluye:
- Salarios pendientes: Días trabajados no pagados.
- Vacaciones no disfrutadas: Días acumulados y no tomados.
- Aguinaldo proporcional: Parte proporcional del décimo tercer mes.
Puedes utilizar la calculadora del Ministerio de Trabajo para estimar tu liquidación de forma precisa.
¿Qué pasa si el despido es injustificado?
Cuando el empleador no puede demostrar una causa justa para despedir al trabajador, se considera un despido sin responsabilidad del trabajador. En estos casos, el patrono debe pagar:
- Preaviso (si no lo dio).
- Auxilio de cesantía.
- Vacaciones no disfrutadas.
- Salarios pendientes y aguinaldo proporcional.
Si no se realiza el pago, el trabajador puede presentar una demanda ante el Juzgado de Trabajo. En BGA Abogados podemos ayudarte a iniciar este proceso.
¿Cuánto tiempo tiene el patrono para pagar la liquidación?
La ley laboral establece que el pago de la liquidación debe realizarse inmediatamente después del despido o dentro de un plazo razonable, usualmente no mayor a 15 días naturales.
Indemnización por despido en Costa Rica
En BGA Abogados Costa Rica tenemos más de 27 años de experiencia asesorando tanto a trabajadores como a empleadores en materia laboral.
Contáctanos hoy mismo para recibir una consulta profesional y resolver cualquier situación relacionada con despidos, indemnizaciones o conflictos laborales.