Toda empresa debe contar con una política contra el hostigamiento o Acoso sexual, política que además debe ser puesta en conocimiento de todos los trabajadores de la empresa y comunicada al Ministerio de Trabajo en Costa Rica.
Para poder llevar a cabo esta política de una manera correcta, es importante capacitar a los trabajadores en apego a la Ley 7476 (Ley contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia), la que establece que son los mismos trabajadores los que conformarán una comisión de investigación, por lo que es recomendable que tengan el debido conocimiento en la materia para que en caso de llevarse a cabo un proceso interno de investigación, actúen de la manera correcta.
¿Dónde se presenta la denuncia de acoso sexual en Costa Rica?
La denuncia debe interponerse ante la Gerencia o ante el Departamento de Recursos Humanos de la empresa.
Una vez que se recibe la denuncia, se debe conformar una comisión de trabajadores para que den inicio al debido proceso.
¿Se puede despedir al trabajador tras recibir la denuncia de acoso?
Cuando una persona está siendo investigada por un presunto hostigamiento sexual o acoso sexual, no puede ser despedida, salvo que medie una causa justificada que obligará al empleador a solicitar la intervención y autorización del Departamento de Inspección del Ministerio de Trabajo de Costa Rica.
Durante el proceso de investigación las partes estarán protegidas con un fuero especial que imposibilitará su despido.
¿Qué pasa si la denuncia de acoso sexual es contra quien debe recibirla?
Cuando la denuncia se va a interponer en contra de la persona que usualmente recibe las denuncias, la instancia competente para recibirla e iniciar el procedimiento de investigación será el Ministerio de Trabajo, o bien, los Tribunales de Justicia.
¿Qué pasa si la denuncia es falsa?
Cuando una denuncia es falsa, lo que procede finalmente es el despido sin responsabilidad patronal, tal y como lo establece nuestro Código de Trabajo. Estaríamos en presencia de un acto de mala fe con carácter delictivo; conforme a ello, ante este tipo de situaciones es posible despedir sin responsabilidad patronal.
¿Quiénes pueden interponer una demanda por hostigar a menores?
Cuando la persona ofendida sea menor de edad, podrán interponer la demanda sus padres, sus representantes legales o el Patronato Nacional de la Infancia (PANI). Si se trata de una persona mayor de quince años, pero menor de dieciocho, estará legitimada para presentar directamente la demanda.
¿Cómo se presentan las denuncias no judiciales cuando la persona afectada es menor de edad?
Las personas menores de edad tendrán derecho a interponer la denuncia, por cualquier medio, sin necesidad de hacerse acompañar de una representación legal, sin que se exija ningún requisito de admisibilidad que impida o atrase las investigaciones y las medidas oportunas en resguardo de la persona denunciante.
¿Cuál es el plazo para interponer la denuncia de hostigamiento sexual?
El plazo para interponer la denuncia, tanto en el ámbito laboral como educativo, ya sea en el sector público o privado, es de ocho años. Este plazo aplica tanto para instancias judiciales como no judiciales, y se computa a partir del último hecho de hostigamiento sexual o desde que cesó la causa justificada que impidió la denuncia.
En el caso de las personas menores de edad, este plazo se computará a partir del momento en el que alcancen la mayoría de edad.
¿Cómo se computa el plazo de prescripción?
El plazo de prescripción se calcula según el artículo 414 del Código de Trabajo. Este artículo dice que los empleadores tienen un mes para despedir justificadamente a un trabajador o para imponer una sanción, contado desde que se enteran de los hechos que lo justifican.
Si hay que seguir un procedimiento para imponer la sanción, la intención de sancionar debe notificarse al trabajador dentro de ese mes. Después de la notificación, el mes vuelve a contar desde el momento en que el empleador o el órgano competente pueden tomar una decisión. Si el procedimiento se detiene por culpa del empleador y la detención dura más de un mes, aplicará la prescripción.
Recomendaciones: Hostigamiento Sexual en Costa Rica
Recomendamos que toda empresa, por más grande o pequeña que sea, cuente con las políticas contra el hostigamiento sexual para proteger los derechos de los trabajadores, y también para evitar que la empresa se pueda ver eventualmente perjudicada por infracciones a las leyes laborales.
Si requiere asesoría legal de parte de nuestros especialistas, no dude en contactarnos.