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	<title>Regimen de Visitas Archives - BG&amp;A Abogados Corporativos</title>
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	<description>Bufete de Abogados en Costa Rica</description>
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	<title>Regimen de Visitas Archives - BG&amp;A Abogados Corporativos</title>
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		<title>Exoneración de Pensiones Alimentarias en Costa Rica</title>
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		<dc:creator><![CDATA[BG&#38;A]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 05 Jan 2018 18:39:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho de Familia]]></category>
		<category><![CDATA[Pensión Alimentaria]]></category>
		<category><![CDATA[Regimen de Visitas]]></category>
		<category><![CDATA[bufete de abogados]]></category>
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		<category><![CDATA[regimen de visitas]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La exoneración de pensiones alimentarias en Costa Rica sólo se produce bajo circunstancias excepcionales y de ningún modo se entiende como regla. En este artículo podrá conocer más sobre este proceso jurídico en derecho de familia.</p>
<p>The post <a href="https://bgacorp.com/exoneracion-de-pensiones-alimentarias-en-costa-rica/" data-wpel-link="internal">Exoneración de Pensiones Alimentarias en Costa Rica</a> appeared first on <a href="https://bgacorp.com" data-wpel-link="internal">BG&amp;A Abogados Corporativos</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Establecido un proceso de pensión alimentaria, nuestro ordenamiento jurídico permite por vía incidental que alguna de las partes (acreedor o deudor alimentario), promueva alguno de los incidentes previstos en la Ley de Pensiones Alimentarias, correspondiente a los Procesos de Exoneración de Pensiones Alimentarias en Costa Rica, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 483 del Código Procesal Civil.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Cualquiera de éstos será tramitado cuando tenga relación inmediata con las pretensiones de la demanda principal. Se trata de un proceso jurisdiccional dentro del mismo expediente, pero con autonomía propia.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En referencia exclusiva al incidente de exoneración de pensión, éste tiene como objetivo liberar al deudor alimentario del pago de la pensión existente, cuando se tenga conocimiento que el beneficiario alcanzó los 18 años y no está cumplimento con las condiciones taxativas del artículo 173 inciso 5) del <a href="http://www.poder-judicial.go.cr/salasegunda/index.php/revista/instructivo-para-publicar-articulos?id=46#703321" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="external noopener noreferrer">Código de Familia</a>, que establece:</p>
<p>&nbsp;</p>
<blockquote><p>“No existirá la obligación de proporcionar alimentos: … 5) <strong><em>Cuando los alimentarios hayan alcanzado su mayoridad </em></strong><em>salvo que no hayan terminado sus estudios para adquirir una profesión u oficio, mientras no sobrepasen los 25 años de edad y obtengan buenos rendimientos con una carga académica razonable…”.</em></p></blockquote>
<p>&nbsp;</p>
<h2>Derecho a Pensión Alimentaria en Costa Rica</h2>
<p>&nbsp;</p>
<p>Los hijos tienen derecho a pensión siendo menores, sin importar que estudien o no, por lo que la exoneración aplica tras alcanzar los 18 años.</p>
<p>Debe existir una suma ya fijada ante el Juzgado de Pensiones competente, porque no es necesario hacer el trámite de exoneración de una obligación que no conste judicialmente, en cuyo caso, si el obligado suspende <a href="http://www.bgacorp.com/pensiones-alimentarias-en-costa-rica/" data-wpel-link="internal">el pago de pensión voluntaria</a> a pesar de que el hijo estudie, será necesario que se interponga una <a href="http://www.bgacorp.com/solicitar-pension-alimentaria/" data-wpel-link="internal">demanda de pensión</a>, demostrando los estudios en progreso, la carga académica y el buen rendimiento.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La carga de la prueba es exclusiva del beneficiario. El deudor alimentario estará exento del pago de pensión hasta que su hijo mayor de edad demuestre materialmente que estudia y obtiene buenos resultados.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h2>La pensión alimentaria cesará si se suspenden los estudios académicos</h2>
<p>&nbsp;</p>
<p><img fetchpriority="high" decoding="async" class="alignnone size-full wp-image-989" src="http://www.bgacorp.com/wp-content/uploads/2018/01/exoneracion-pension.jpeg" alt="exoneracion pension" width="1124" height="750" srcset="https://bgacorp.com/wp-content/uploads/2018/01/exoneracion-pension.jpeg 1124w, https://bgacorp.com/wp-content/uploads/2018/01/exoneracion-pension-300x200.jpeg 300w, https://bgacorp.com/wp-content/uploads/2018/01/exoneracion-pension-768x512.jpeg 768w, https://bgacorp.com/wp-content/uploads/2018/01/exoneracion-pension-1024x683.jpeg 1024w, https://bgacorp.com/wp-content/uploads/2018/01/exoneracion-pension-610x407.jpeg 610w, https://bgacorp.com/wp-content/uploads/2018/01/exoneracion-pension-1080x721.jpeg 1080w" sizes="(max-width: 1124px) 100vw, 1124px" /></p>
<p>Fijada la pensión del hijo mayor de edad, la obligación cesará si se suspenden los estudios, baja la carga académica o se obtengan malas calificaciones; pero renacerá cuando se retomen las condiciones exigidas.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Aplicará la exoneración de pensión alimentaria en el momento en que el beneficiario haya terminado sus estudios universitarios obteniendo un grado profesional que le permita desempeñarse laboralmente. En este supuesto, no habrá más obligación al pago de pensión, aunque el hijo no tenga los 25 años de edad.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La cuota de pensión de hijo mayor de edad no comprenderá únicamente sus estudios, sino aquellos mismos aspectos de cualquier otra pensión alimentaria (alimento, vestido, vivienda, salud, esparcimiento, etc.); y en caso de incumplimiento será ejecutada bajo las mismas reglas, incluyendo el apremio corporal y embargos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h2>Exoneración de Pensiones Alimentarias en Costa Rica</h2>
<p>&nbsp;</p>
<p>La exoneración de pensión sólo se produce <strong>bajo circunstancias excepcionales</strong> y de ningún modo se entiende como regla.</p>
<p>Una vez comprobado que el beneficiario no cuenta con los requisitos de ley, mediante sentencia se declarará con lugar el incidente y procederá el cese inmediato de la pensión. Esta resolución tiene recurso de apelación dentro del tercer día, y hasta que no esté firme se mantendrá la obligación de pago.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En materia alimentaria no existe la cosa juzgada material. La pensión alimentaria fijada es <strong>circunstancial, momentánea y variable</strong> de lo que se haya resuelto en el proceso principal de pensión.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Si no existe un proceso preestablecido, seguirán las mismas reglas ya que las condiciones van a variar en el tiempo, no sólo para quien las necesita sino también para quien esté obligado a darlas.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h2>La carga de la prueba corresponde al deudor alimentario</h2>
<p>&nbsp;</p>
<p>Es posible exonerarse de la pensión en los demás presupuestos del artículo 173 del Código de Familia, tales como imposibilidad al pago porque ello conllevaría desatender otras necesidades alimentarias preferentes, cuando quien la recibe ya no la necesita, cuando se condene al beneficiario como cónyuge culpable, cuando el <a href="http://www.bgacorp.com/10-aspectos-considerar-divorcio/" data-wpel-link="internal">ex cónyuge beneficiario contraiga nuevas nupcias</a> o sostenga una relación de convivencia de hecho, y en caso de injuria y daños graves del alimentario contra el alimentante.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La <a href="http://www.bgacorp.com/pensiones-alimentarias-en-costa-rica/" data-wpel-link="internal">carga de la prueba</a> corresponde al deudor alimentario, y la obligación de pago se mantendrá hasta que no exista sentencia firme, contándose con las mismas vías coercitivas para hacerla efectiva en caso de incumplimiento.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h2>Pensión a favor del ex cónyuge</h2>
<p>&nbsp;</p>
<p>Cuando se trate de una pensión a favor del ex cónyuge y el beneficiario <a href="https://bgacorp.com/matrimonio-civil-costa-rica-requisitos/" data-wpel-link="internal">contraiga matrimonio</a> nuevamente, la exoneración es automática y basta con la presentación de la <a href="http://www.bgacorp.com/abogados-de-familia/" data-wpel-link="internal">certificación registral de matrimonio</a> al expediente que tramita la pensión.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>En los casos en que la exoneración se pretenda por la existencia de una relación de convivencia de hecho, hay que demostrar al Juzgado de Pensiones que se trata de una relación pública, notaria y estable, en la que el acreedor alimentario ya tiene una nueva pareja con la que convive.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>No es válido pretender la exoneración <a href="http://www.bgacorp.com/regimen-de-visitas/" data-wpel-link="internal">si la nueva pareja no convive con el beneficiario</a>, o si la convivencia es ocasional, por ejemplo: los fines de semana, o si se queda a pasar la noche esporádicamente; no se admitirá la suspensión del pago de pensión.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Hay que tener muy en cuenta que si se inicia una <a href="http://www.bgacorp.com/regimen-de-visitas/" data-wpel-link="internal">relación de convivencia</a> de hecho que termina en algún momento, el ex cónyuge obligado al pago de la pensión original ya no pagará nuevamente alimentos, como sí sucede en el caso del hijo menor de 25 años que recupera el derecho a pensión si mejora sus calificaciones.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><em>Artículos Relacionados con la Exoneración de Pensiones Alimentarias en Costa Rica:</em></p>
<ul>
<li><a href="http://www.bgacorp.com/solicitar-pension-alimentaria/" data-wpel-link="internal">Pensión Alimentaria en Costa Rica: ¿Qué se debe hacer?</a></li>
<li><a href="http://www.bgacorp.com/regimen-de-visitas/" data-wpel-link="internal">Qué Debes Saber del Régimen de Visitas en Costa Rica</a></li>
<li><a href="https://www.bgacorp.com/proceso-divorcio-costa-rica/" data-wpel-link="internal">El Proceso de Divorcio en Costa Rica</a></li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<h2>La pensión es recíproca entre padres e hijos</h2>
<p>&nbsp;</p>
<p>La pensión es recíproca entre padres e hijos. Negarse a pagarla causa daños o afecta el honor del beneficiario, que conllevaría a la imposibilidad de requerirla a futuro, como reiteradamente resolvió la Sala Constitucional.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Para más información, <a href="http://www.bgacorp.com/contacto/" data-wpel-link="internal">contáctenos</a> y con gusto le atenderemos.</p>
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		<title>Qué Debes Saber del Régimen de Visitas en Costa Rica</title>
		<link>https://bgacorp.com/regimen-de-visitas/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[BG&#38;A]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 26 Mar 2015 04:46:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Derecho de Familia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La separación no debe destruir la relación con tus hijos. La obstrucción del regimen de visitas y del vínculo afectivo es un problema legal grave en Costa Rica. En BGA Abogados eliminamos la incertidumbre procesal. Garantizamos tu derecho mediante una estrategia jurídica técnica y resolutiva. &#160; Régimen de Visitas: Control y Certeza Jurídica El Régimen [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La separación no debe destruir la relación con tus hijos. La obstrucción del regimen de visitas y del vínculo afectivo es un problema legal grave en Costa Rica. En BGA Abogados eliminamos la incertidumbre procesal. Garantizamos tu derecho mediante una estrategia jurídica técnica y resolutiva.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h2>Régimen de Visitas: Control y Certeza Jurídica</h2>
<p>El <strong>Régimen de Visitas</strong> no es una concesión del otro progenitor. Es un derecho-función protegido por el <a href="https://pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?nValor1=1&amp;nValor2=970" data-wpel-link="external" target="_blank" rel="external noopener noreferrer">Código de Familia</a> y tratados internacionales. Nuestra gestión asegura que el contacto sea regular, seguro y libre de manipulaciones.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>¿Qué incluye nuestro servicio de blindaje legal?</h3>
<ul>
<li>Análisis técnico de la situación familiar actual.</li>
<li>Redacción de convenios de interrelación familiar precisos.</li>
<li>Representación en procesos judiciales de fijación o modificación.</li>
<li>Gestión de regímenes provisionales de ejecución inmediata.</li>
<li>Intervención en casos de alienación parental o impedimento de contacto.</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<h2>Proceso Paso a Paso para Establecer el Régimen</h2>
<p>Implementamos <strong>Inteligencia Artificial aplicada</strong> para agilizar la recolección de evidencias y reducir plazos judiciales. Seguimos una hoja de ruta diseñada para obtener resultados tangibles.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>1. Valoración Estratégica</h3>
<p>Analizamos el entorno del menor y las capacidades de ambos padres. Definimos horarios, lugares de entrega y condiciones de pernoctación que garanticen la seguridad jurídica.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>2. Intento de Conciliación Técnica</h3>
<p>Buscamos un acuerdo ante el PANI o mediadores autorizados. Un convenio bien redactado evita años de litigio innecesario.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>3. Ejecución Judicial</h3>
<p>Si no hay acuerdo, presentamos la demanda ante el Juzgado de Familia. Solicitamos un régimen provisional para que no pierdas contacto mientras dure el proceso.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>4. Monitoreo y Cumplimiento</h3>
<p>Aseguramos que la sentencia se cumpla. Si existe obstrucción, activamos los mecanismos de apremio y sanciones por desobediencia a la autoridad.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h2>Inversión en tu Estabilidad Familiar</h2>
<p>Nuestros precios se basan en la complejidad del caso y los resultados buscados. No vendemos horas de consultoría; entregamos soluciones legales definitivas.</p>
<ul>
<li><strong>Consulta de viabilidad:</strong> Valoración inicial del caso y diseño de ruta.</li>
<li><strong>Gestión de Convenio:</strong> Redacción y homologación de acuerdos de mutuo consentimiento.</li>
<li><strong>Proceso Contencioso:</strong> Representación completa en estrados judiciales bajo arancel profesional.</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<h2>Toma el Control de tu Vínculo Parental</h2>
<p>La demora en actuar debilita la relación con tus hijos. Protege tu derecho con una estrategia preventiva y un <strong>blindaje legal</strong> de alto nivel. <a href="https://bgacorp.com/abogados-de-familia/" data-wpel-link="internal">Resolvemos tu conflicto familiar</a> con precisión técnica.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h4>¿Puedo solicitar régimen de visita si no estoy casado?</h4>
<p>Sí. La autoridad parental y el derecho de visita se derivan de la filiación, no del matrimonio. Los padres extramatrimoniales tienen los mismos derechos y obligaciones.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h4>¿Qué pasa si el otro padre me impide ver a mis hijos?</h4>
<p>Es una violación a la ley. Podemos solicitar medidas cautelares inmediatas y denunciar el hecho como desobediencia a la autoridad judicial.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h4>¿El régimen de visita depende del pago de la pensión?</h4>
<p>No. Son procesos independientes. No se puede impedir el contacto con el menor como medida de presión por deudas alimentarias.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h4>¿Los abuelos pueden solicitar un régimen de visita?</h4>
<p>Sí. El Código de Familia de Costa Rica permite que los abuelos y otros parientes cercanos soliciten legalmente el derecho de interrelación.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h4>¿Se puede modificar un régimen ya establecido?</h4>
<p>Sí. Si las circunstancias de vida, trabajo o seguridad cambian, el régimen puede adaptarse mediante un incidente de modificación de visitas.</p>
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