Resolución Alterna de Conflictos en la Aplicación del Derecho Costarricense Actual

por | Last updated Jan 10, 2023 | Resolucion de Conflictos

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En 1997, se crea la Ley de Resolución Alterna de Conflictos y Promoción para la Paz (RAC), donde se establecen los mecanismos de mediación, conciliación y arbitraje en Costa Rica, y las formas cómo estos deben ser desarrollados.

 

Resolución Alterna de Conflictos en Costa Rica

Esta ley de Resolución Alterna de Conflictos, se crea con el fin de permitir que las personas puedan acudir a otros medios de solución del conflicto y no necesariamente deban acudir ante los Tribunales de Justicia para darle fin a la disputa en la cual se han involucrado.

Por lo que podemos indicar que esta Ley o modalidad, ha venido para ayudar a las personas a solucionar sus problemas de una forma pacifica, participativa y con igual validez que cualquier proceso llevado a cabo en el Poder Judicial, o sea, con el respaldo y el apoyo institucional que cualquier proceso judicial tendría.

Es una forma de acercar la justicia, desde una perspectiva humanista, y esta dirigida a toda la población civil del país.

 

Centros Privados en Costa Rica para la solución de estas controversias

Con la aprobación de la Ley de Resolución Alterna de Conflictos, se han creado a lo largo de los años en Costa Rica, diversos Centros Privados para la aplicación y ejecución de esta norma, mediante audiencias privadas en las cuales se resuelven diversos tipos de conflictos utilizando los medios de negociación, mediación, conciliación y arbitraje principalmente.

Cada centro tiene una especialidad dependiendo de los conflictos que conoce o tramita.

Existen algunos centros que se especializan en asuntos de materia de propiedad (bienes raíces), asuntos contractuales, temas de agricultura y agroindustria, conflictos familiares, negociaciones internacionales, temas de comercio, conflictos laborales e incluso en algunos casos, temas penales.

 

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Métodos dentro del marco de las audiencias para la Resolución Alterna de Conflictos en Costa Rica

Podemos decir que existen tres modalidades o modalidades importantes dentro del marco para aplicación de esta ley, las cuales, respecto a mi experiencia y práctica profesional, son las más comunes y utilizadas en Costa Rica; negociación, Mediación o Conciliación y Arbitraje.

 

Negociación de Conflictos

Es el mecanismo donde las personas que están en un conflicto, buscan la solución por medio del diálogo directo, satisfaciendo sus intereses.

Debido a esto, no interviene ninguna persona ajena en el proceso, por lo que solo las partes llegaran en este caso, a un acuerdo pacífico, mismo que será declarado valido.

 

Mediación o Conciliación de Conflictos

En este caso, al igual que anterior, las personas que están en un conflicto, buscan la solución por medio del diálogo directo, satisfaciendo sus intereses, sin embargo, se establece una diferencia, la cual es la participación del tercero imparcial nombrado por las partes o el centro para dirimir de una manera mas acertada el objeto de la discordia.

Es una persona que facilita la comunicación entre las partes, armoniza los intereses y busca la verdadera razón del conflicto y, de esta manera, la solución del mismo con un final satisfactorio para ambas partes.

 

Arbitraje de Conflictos

Este mecanismo es por medio del cual las partes eligen a una o varias personas (que serían los árbitros), para que resuelvan el conflicto por medio de una decisión final, la cual tiene nombre de laudo arbitral.

Este proceso es muy similar a un proceso judicial, donde es el juez quien decide “la mejor” solución al conflicto, solo que en el arbitraje las partes pueden escoger a las personas que van a decidir.

 

Características y ventajas de los procesos de Resolución Alterna de Conflictos en Costa Rica

Celeridad o rapidez

Estos procesos evitan a las partes el pasar por el engorroso sistema judicial, que actualmente sufre atrasos importantes, y que además está lleno de plazos y actividades procesales complejas, las cuales significan mucho tiempo y dinero para las partes, circunstancias que no se dan con la aplicación de ley RAC, debido a que mediante esta solución alterna las partes se presentan directamente ante un conciliador o mediador de conflictos, con el objetivo de obtener una solución en el menor tiempo posible, muchas de las ocasiones el mismo día.

Lo anterior producto de la participación de las voluntades de las partes quienes llegan a un acuerdo y ceden para de esta manera llegar a la solución qué es más conveniente.

 

Privacidad y Secreto

Este proceso es totalmente privado, y pertenece única y exclusivamente a las partes, a diferencia de algunos procesos judiciales, en donde rige el principio de publicidad, por lo que se permite a las partes el mantener un conocimiento más exclusivo de su situación y conflicto, ya que se obtiene la solución del problema con solo presentar el caso al personal capacitado, dentro de los centros especializados que se encuentran en lugares estratégicos del territorio nacional.

Pero no solo la falta de publicidad garantiza la privacidad a las partes, sino también la obligación del mediador o conciliador de mantener una confidencialidad sobre lo actuado dentro del procedimiento, lo cual se encuentra contemplado dentro de la ley 7727 sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de Paz Social, propiamente en el artículo 14.

De esta forma las partes gozan del secreto profesional por parte del mediador o conciliador, por lo cual no se podrán revelar los detalles ni de la situación inicial ni del arreglo final al cual lleguen las partes.

 

Credibilidad

Aquellos que accedan a este tipo de solución alterna de conflictos, podrán tener plena seguridad de que no existirán ganadores ni perdedores; debido a la existencia de la imparcialidad para con ambas partes, quienes se encuentran en igualdad de posición, por lo que tendrán el mismo trato y oportunidad de exponer sus puntos de vista relacionados con el conflicto.

 

No es excluyente

Las audiencias de resolución alterna de conflictos son una forma de poder solucionar las controversias, pero esto no indica que sean las únicas, por lo tanto, no excluye a las demás opciones ni mucho menos se antepone al Poder Judicial.

Únicamente se puede mencionar que aplican una técnica distinta, impulsando de esta forma la comunicación, la solución pronta y una participación más activa por parte de quienes se encuentren implicados dentro del conflicto.

Asimismo, es importante mencionar que no es excluyente en cuanto a que, inclusive existiendo un proceso judicial presentado, las partes pueden acercarse a uno de estos centros y lijar sus asperezas, llegando de esta manera a un acuerdo, por medio del cual darán fin además al proceso judicial en trámite.

 

No es coercitivo

Como lo he indicado anteriormente, las audiencias de resolución alterna de conflictos, se rigen por medio del principio de voluntariedad consagrado en la ley, por lo que no se le obliga a los implicados a participar dentro del proceso de comunicación y de diálogo, y pueden abandonar el procedimiento cuando así les parezca.

Como he mencionado antes, son ellos a través de su voluntad y disponibilidad, quienes participarán dentro de la solución de sus propios problemas, buscando soluciones duraderas en el tiempo.

 

Ahorra tiempo y dinero

Este será un proceso que, a diferencia de un proceso judicial, producirá un costo muchísimo menor, por ser este un mecanismo simple, el cual se encuentra exento de formalidades, incidencias, recursos y procedimientos de trámite complejo que necesitaran gestión de abogados. Todo esto produce un ahorro de tiempo y de dinero, por lo que podría decir es barato por excelencia, y permite una solución pronta.

 

Desventajas de los procesos de Resolución Alterna de Conflictos en Costa Rica

 

Desconocimiento de la utilización de estos medios de solución de conflictos

En lo personal, no logro extraer muchas desventajas para las partes de este tipo de audiencias o procedimientos de Resolución Alterna de Conflictos, debido a que, a lo largo de mi carrera profesional, siendo asesor dentro de muchas audiencias de este tipo en materia de Derecho Laboral, no he percibido más que beneficios tanto para el trabajador como para el patrono, no obstante, es importante siempre buscar la asesoría de profesionales en derecho para que las partes sean guiadas de manera correcta.

Ya que de existir desconocimiento de la legalidad de lo que plasma en esto acuerdos, afectaría a los partes sujetos del conflicto y recaería en posibles nulidades.

Por lo que, en el supuesto que dentro del acuerdo no se respetaran los mínimos establecidos por la ley, lo pactado se encontraría bajo el marco de ilegalidad; que no solo afectaría la solución del conflicto o situación dirimir, sino también podría traer como consecuencias el nacimiento de un nuevo conflicto, así́ como responsabilidades penales, civiles y hasta económicas para las partes, al comprobarse que dicho convenio ilegal ocasiono serios perjuicios a algunas de ellas.

 

Conclusión Resolución Alterna de Conflictos en Costa Rica

Son múltiples los objetivos que se le han dado a los procedimientos de Resolución Alterna de Conflictos, unos muy generales, otros un tanto específicos, pero básicamente podemos rescatar como lo indico así Ricardo Vargas Hidalgo, que con estos mecanismos, “se pretende promover el funcionamiento de medios alternativos de solución de conflictos en Costa Rica que sustituyan y disminuyan los casos atendidos por el Poder Judicial y que se ajusten a las necesidades de las comunidades beneficiadas, dentro del marco de modernización en la administración de justicia.”

Artículo escrito por nuestro abogado especialista Christopher Rojas.

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