Debe hacer la Consulta al Impuesto de Sociedades en Costa Rica, el pago de Impuesto a Personas Jurídicas e Impuesto Solidario deben realizarse en Enero 2015.
I. Pago de Impuesto a Personas Jurídicas:
Conforme a lo regulado en la Ley de Impuesto a Personas Jurídicas, las sociedades activas y las personas jurídicas extranjeras que tengan sucursales o apoderados inscritos en Costa Rica están obligados de pagar por concepto de impuesto anual a personas jurídicas la suma de ¢201.700. Por su parte, las sociedades inactivas deberán pagar la suma de ¢100.850.
Es necesario encontrarse al día en el pago de este tributo para la inscripción de documentos y solicitud de certificaciones digitales ante el Registro Nacional.
La fecha límite para realizar este pago sin recargo es el 31 de enero de 2015. El pago realizado posterior a esta fecha devengará un interés moratorio del 13,30% anual.
II. Pago de Impuesto Solidario:
Conforme a lo regulado en el artículo 5 de la Ley de Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda, conocido como el “impuesto a las casas de lujo”, para este período 2015 se establece que los bienes inmuebles de uso habitacional con valor superior a ¢128.000.000 se encuentran obligados a pagar este impuesto de forma escalonada, de la siguiente manera:
Tramos 2015 |
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Sobre el exceso de | ¢128.000.000 y hasta 319.000.000,00 | 0,25% |
Sobre el exceso de | ¢319.000.000,00 y hasta ¢640.000.000,00 | 0,30% |
Sobre el exceso de | ¢640.000.000,00 y hasta ¢958.000.000,00 | 0,35% |
Sobre el exceso de | ¢958.000.000,00 y hasta ¢1.278.000.000,00 | 0,40% |
Sobre el exceso de | ¢1.278.000.000,00 y hasta 1.597.000.000,00 | 0,45% |
Sobre el exceso de | ¢1.597.000.000,00 y hasta 1.919.000.000,00 | 0,50% |
Sobre el exceso de | ¢1.919.000.000,00 | 0,55% |
La fecha límite para realizar este pago sin recargo es el 15 de enero de 2015.
Si tiene alguna duda nos puede contactar y con gusto le atenderemos.