COLYPRO: Requisitos y la Obligatoriedad de los Docentes de estar Incorporados

por | Last updated Jul 19, 2022 | Derecho Educativo

Para poder ejercer una profesión en nuestro país, salvo algunas excepciones es necesario que las personas estén debidamente incorporadas en su Colegio Profesional respectivo. En el caso de los docentes, éstos sí deben estar incorporados al Colegio Profesional respectivo.

 

Recientemente varios centros educativos tanto públicos como privados, han estado sujetos a requerimientos de información por parte del Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes Costa Rica, en adelante denominado COLYPRO, en donde solicitan información de los docentes, grado académico y que se indique si estos docentes cuentan con el requisito de la debida incorporación al Colegio Profesional.

 

Ciertamente, este requerimiento ha tomado por sorpresa a los centros educativos, por cuanto el requisito de incorporación es una responsabilidad única y exclusiva del docente; no obstante, COLYPRO está presionando a los centros educativos con denuncias penales y administrativas ante la Fiscalía y la Dirección del Educación Privada en el caso de escuelas y colegios privados.

 

colypro requisitos

 

Se debe tener presente que los docentes que no están incorporados a COLYPRO se exponen no sólo a sanciones administrativas y disciplinarias, sino también, a denuncias penales por ejercicio ilegal de la profesión de conformidad con lo establecido en el artículo 322 del Código Penal, sanción que incluso implica pena de presión desde tres meses a dos años.

Asimismo, se deben de tomar varios puntos en cuenta ante esta situación que se presenta con COLYPRO.

 

Uno de estos puntos es que antes no era un requisito indispensable el estar incorporado como profesional ante este colegio profesional; no obstante, durante el último año el Ministerio de Educación Pública y el mismo COLYPRO ha manifestado la necesidad y obligatoriedad de cumplir con lo dispuesto en la Ley 4770 la cual se denomina Ley Orgánica del Colegio de Licenciados y Profesiones en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes y su reglamento, dando mayor apoyo a este Colegio Profesional, y por ende generando mayor presión para que los docentes se incorporen de inmediato, estableciendo como un requisito técnico y necesario para ejercer la docencia la debida incorporación.

 

Si bien es cierto, los docentes son los principales responsables de cumplir con este requisito de incorporación, los Centros educativos no pueden cruzarse de brazos y trasladar la responsabilidad a sus colaboradores, por cuanto también se pueden exponer a sanciones establecidas en el artículo 13 del Reglamento de Centros Docentes Privados, el cual indica que se podría revocar la resolución donde se concede el permiso y por ende el aval correspondiente para operar como centro educativo, en virtud de que ya no es posible ni permitido contratar ni mantener docentes impartiendo lecciones sin la debida incorporación ante COLYPRO.

 

Recomendaciones ante un requerimiento de información de parte de COLYPRO

En virtud de lo anterior, es importante tomar en cuenta las siguientes recomendaciones ante un requerimiento de información de parte de COLYPRO y de la Dirección de Educación Privada del Ministerio de Educación:

  • Brindar la información dentro de los plazos establecidos.
  • Comunicar de inmediato a los colaboradores sobre el requerimiento de información de parte de COLYPRO.
  • En caso de que algún colaborador del centro educativo no cuente con el requisito de incorporación, solicitarle de inmediato que se apersone para cumplir con los trámites de incorporación.
  • Conceder un tiempo prudencial para que el colaborador se ponga al día en la gestión de incorporación.
  • Ante futuras contrataciones, establecer en el manual de puestos y perfil de contratación el requisito indispensable de incorporación a COLYPRO.
  • Mostrar una actitud colaboradora con las autoridades administrativas facilitando la información.

 

Lo más importante de tener claro esta información, es que debe existir una disposición de colaboración con las entidades, con la finalidad de contribuir con estos procesos y así evitar sanciones.

En caso de que aún COLYPRO no se haya apersonado a su centro educativo, lo recomendable es aplicar una política de prevención y proceder con la revisión de documentos laborales de los colaboradores, con la finalidad de validar si todos los docentes están debidamente incorporados a COLYPRO.

Si tiene alguna duda sobre este tema, por favor contáctenos y con gusto le atenderemos.