Lleva a muchos escolares en Costa Rica a vivir situaciones verdaderamente aterradoras.
Y aquí hay una pregunta importantísima, ¿cómo saber si su hijo es víctima de acoso escolar?
¿Cuáles son las implicaciones legales en Costa Rica para esos estudiantes que incurren en este tipo de conductas agresivas y que generalmente son intencionadas y que son repetidas?
Entrevista a nuestro abogado experto en derecho educativo, Benjamín Gutiérrez.
Transcripción de la entrevista:
¿Qué es o qué significa la palabra bullying?
Si lo vemos conceptualmente, el bullying en sí es un acoso, una intimidación o una agresión que va a ser “física” (física entre comillas), verbal o psicológica que va a ser siempre, reiterada y que va a haber una intención de causarla.
Cuando estamos ante un hecho único, una agresión en que se dio una única vez, no se puede hablar de bullying porque sería una agresión puntual, pero efectivamente o lógicamente tiene que darse en una atención inmediata.
¿Por qué hago yo las comillas cuando hablo en este concepto? Lamentablemente, la definición es la típica que te acabo de decir, la que está en todos los libros de texto, la que vas a encontrar en Google inclusive.
Ahí hay un error conceptual y un error legal muy importante.
En el momento en que la intimidación, el acoso, dejó de ser psicológico, verbal, social y se convirtió en un tema físico en donde me están golpeando, ya no estamos hablando de un bullying, estamos hablando de un delito y eso hay que tenerlo muy claro, porque entonces ahí entran las situaciones legales que puedan afectar a nuestros chicos, porque hay muchas formas de tipificar tanto como agresión, tanto como lesiones, dependiendo de la magnitud de esa agresión que está recibiendo el pequeño.
¿En el marco legal, el bullying físico se considera un delito en Costa Rica?
Correcto. Así, así debe ser según la ley, es que ese es el tema, tenemos mucha normativa y lo vamos a hablar, mucha normativa alrededor de lo que es el bullying y de cómo tratarlo; pero lo que no tenemos, lo que no terminamos de aterrizar como autoridades educativas, es que cuando hay una agresión física, lamentablemente no estamos en presencia de un bullying más, estamos hablando de una agresión y ese es un tema que se da si se quiere, por la forma en que de alguna forma naturalizamos la violencia dentro de las casas y los ambientes típicos.
Te pongo un ejemplo, en la violencia doméstica se habla que papá le pegó a mamá, papá le pegó a mamá y eso se considera violencia doméstica y puedo poner medidas cautelares de alejamiento y demás, pero es violencia doméstica. O sea, si yo, por ejemplo, me quito la faja y le doy tres fajazos a un niño, yo sé que no debe darse, que todos sabemos cómo funciona, pero sabemos también qué se da.
Estamos hablando de que hay disciplina y esa disciplina entonces se entiende como algo natural, de alguna manera que lo están bajando, porque esa violencia deja de ser de esa forma. Pero si yo me quito la faja y le doy tres fajazos a Nancy, por ejemplo, esperaría que todo mundo brinque y se me vaya encima, porque eso es una agresión con arma, porque cualquier objeto contundente con el que yo golpee a una persona es un arma formalmente hablando. Entonces entramos en una situación jurídica muy complicada que lamentablemente normalizamos en los colegios cuando hablamos de agresión.
Si yo me doy de puñetazos con alguien y le parto la cara, no es un simple bullying, no es una simple agresión física que no hay que darle mayor importancia. Ahí podemos hablar de una tipificación penal de agresión, de agresión con arma, de riña, de lesiones, que podrían tener consecuencias muy grandes para los chicos, principalmente después de los 12 años.
¿Cuáles son los tipos de bullying más frecuentes en Costa Rica a nivel escolar o colegial?
Bullying hay muchos, si lo vemos como tipos está:
- Bullying Físico: que se le considera como agresión física (golpe)
- Bullying Verbal: que es cuando hago insultos, hago chistes, hago memes, hago sobrenombres a los compañeros
- Bullying Asocial: que es cuando yo aparto a mis compañeros de un grupo determinado, no permito que sea parte del grupo, no permito que participe con los demás.
- Bullying Psicológico: cuando hay amenazas, intimidación, donde yo le estoy diciendo a un chico «es que si vos no me ayudas con la tarea te voy a pegar cuando salgas de clases. Si no me das la plata de la comida, te voy a lastimar. No voy a permitir que tengas amigos», de ese tipo.
- Bullying Grooming: que es cuando estás pescando de alguna manera, la forma en que vas a llegar a ellos.
- Ciberbullying: que es el mismo tipo de agresión, cuando estamos hablando de medios tecnológicos, cuando estamos hablando por redes sociales, por WhatsApp, por internet, por ese tipo de gestiones que además implica inmediatamente una posibilidad de bullying sexual, que es cuando entramos en el tema del sexting.
¿Qué es el sexting?
Es cuando tenemos cualquier tipo de interacción sexualizada entre los chicos en donde están mandando mensajes de contenido sexual que lamentablemente, por lo peligroso que es y por la falta de información que tienen los chicos, puede implicar inmediatamente un brinco algo mucho más serio como es la pornografía infantil. Pero lo vamos a hablar porque ahí ya tiene tipificación de penales, incluso a nivel internacional.
El sexting es un intercambio de comunicaciones, sexualizadas, coqueteos o cosas más elevadas entre dos personas, pero por medios electrónicos. O sea, yo agarro el teléfono y te empiezo a mandar un mensaje, no sé, coqueteando algunas cosas que empieza a elevar el tono y empezamos ya a mezclar temas sexuales como tales, hasta el punto de tener una relación sexual, si se quiere, por vía, por vía digital.
El tema es que esto inmediatamente como estamos hablando de menores de edad, brinca a un tema donde yo puedo sacar pantallazos, convertir el bullying y mandárselo a un compañero y empiezo a ser un tipo de agresión de otro tema.
Si yo me molesto, que es lo típico de un chiquillo de 12 o 13 años, tiene una noviecita y dentro de tres o cuatro meses, un año ya no la tiene. Entonces si se enojó por cualquier razón y tiene contenido de ese tipo, esas imágenes que tiene todavía las comparte y entonces empezamos a ver cómo empiezan a trasladarse, se convierte en ciberbullying y dependiendo del contenido podría convertirse en pornografía infantil, lo cual es muchísimo más delicado.
¿A partir de qué edad ya se habla de bullying en una escuela? ¿Cuando se pasa de una broma entre compañeros y cuando ya se entra al bullying?
El bullying en realidad se da en el momento en que hay una repetición en la reiteración. Cuando hay un desequilibrio de poder, donde yo le di mi fuerza, mi poder de decisión a otra persona, alguien más fuerte, en ese momento yo dejo de tener capacidad para reaccionar y para tomar mis propias decisiones.
Entonces, ahí estamos ante un bullying, pero cuando se da, lamentablemente las autoridades muchas veces y los colegios muchas veces consideran que en niños pequeñitos no hay un bullying, que es una práctica normal y el bullying puede darse desde cualquier edad, siempre que estemos hablando de una esfera educativa donde haya niños educándose en ambiente escolar o incluso a nivel universitario, estamos hablando entonces de una interacción en ese sentido.
Entonces tenemos chicos de cinco años que pueden estar haciendo bullying, no porque haya maldad en ellos, sino porque están molestando repetidamente al mismo chiquito y haciéndole bromas y diciéndole el gordito que es aquí, el gordito que es allá y le dan y le dan y le dan, eso es un bullying.
Entonces desde que son chiquitos, desde que están en kinder, perfectamente pueden estar en esa situación, el tema es cómo lo vamos a abordar es diferente.
Evidentemente, vamos a ver la aplicación disciplinaria que se le puede dar en el centro educativo, porque ellos no le van a aplicar la ley formalmente hablando, son inimputables, pero sí va a haber una obligación disciplinaria de formación dentro de la escuela.
¿Cuál es el protocolo o ley cuando hay bullying escolar en Costa Rica?
La normativa es muy amplia y en realidad cambia en muchos lugares. En Costa Rica, por ejemplo, tenemos una ley muy reciente, la 9404, que es de prevención del bullying, se hizo en el 2007. Recién es muy poco conocida porque en realidad que casi que no es práctica, tiene muy buenas intenciones a la hora de hacerlos, aunque todos sabemos que el camino al infierno está empedrado de buenas intenciones, incurre en muchas contradicciones con la normativa aplicable.
Yo prefiero en realidad aplicar lo que es el Código de la Niñez y la Adolescencia y el Código Penal cuando estamos en esos temas y por supuesto los protocolos de actuación que tiene el Ministerio Educación y las reglamentaciones internas que cada colegio tiene que tener para poder aplicarlo.
Entonces, ¿cuáles son los protocolos? Dependiendo del tema. Si tenemos un tema de amenazas, el Código Penal aplica. Si tenemos un tema de incitación a riña, que es cuando yo me planto y empiezo a buscar pelea y empiezo a empujarte, eso es un delito como tal; si hay agresión, está la agresión simple o está perfectamente el tema de que yo puedo llegar a una marca en el rostro, hacer una afectación mayor.
O sea, hay muchas formas de tipificarlo, hay algo tan básico como la omisión de auxilio que es un estado tipificado como una contravención en donde yo tengo la obligación de ayudar y apoyar a aquellas personas que estén en una situación de riesgo sin poner en riesgo mi propia integridad.
Lo típico, yo estoy caminando en la calle, me encuentro una chiquita de tres años llorando, sola, hecha un puñito, porque no sé dónde está la mamá. Yo paso desentendido, simplemente no la ayudé, eso es una omisión de auxilio. Y si alguien se da cuenta o no se da cuenta, podría perfectamente denunciarme. Funciona exactamente igual en los colegios y en las escuelas.
Cuando nosotros vemos que están agrediendo a alguien, molestando a alguien, afectando a alguien y no le damos una ayuda sin poner en riesgo nuestra propia intimidad, estamos incurriendo en una falta que lamentablemente va a tener consecuencias, pero adicionalmente va a tener mayores consecuencias para los chicos que lo están sufriendo.
¿Desde qué edad se aplica la ley penal juvenil en Costa Rica?
Desde los 12 años en Costa Rica, y en la mayoría de los países en América Latina es a partir de los 14 años, ya que un chico de 12 o 13 años tiene suficiente capacidad para tomar decisiones de este tipo.
En Costa Rica, a partir de los 12 años y hasta los 18 años menos un día le aplican la Ley Penal Juvenil, que es una extensión del Código Penal, con unas sanciones, unas aplicaciones atenuadas o más suaves para los chicos porque al final lo que se busca con esta ley penal de juvenil no es castigar ni meter en la cárcel a nadie, ni afectarlo, aunque tiene privación de libertad, sino tratar de ayudar a que los chicos en esa edad tan voluble y tan difícil como es la adolescencia, entiendan las consecuencias de sus actos para que cuando sean adultos no metan la pata otra vez porque podrían irse presos por mucho tiempo.
¿Qué pasa si el acoso o bullying no se da en un horario escolar o se da fuera del colegio?
Eso es muy interesante porque aquí hay diferentes variaciones. Una cosa es que vos y yo seamos compañeros en el colegio y que yo te esté mortificando la vida afuera del colegio. Si te estoy haciendo una actividad o una agresión, empezamos el ciberbullying. Un fin de semana, hice un meme tuyo, lo mandé, lo hice rodar y todo mundo está hablando de que tú tienes antojos, entonces que los cuatro ojos de Omar, y le hice una burla y una cosa; pero no tiene una implicación formal dentro del colegio.
En buena teoría no debería haber una afectación. Sin embargo, sí hay que hacerlo. O sea, los colegios como tales tienen una obligación de dar un seguimiento y una protección inmediata al grupo de estudiantes como interés superior del menor.
Entonces, si los hechos se dan fuera del horario educativo y son dentro de pares, dentro de gente igual, sí podemos abrir un expediente para hacer una investigación formal y verificar qué es lo que está pasando y hacer todo el protocolo y el procedimiento.
Si se dan situaciones de colegios diferentes, por ejemplo, que es distinto, vos estás en el liceo y yo estoy en, no sé, en el Metodista, estamos en colegios diferentes.
En ese momento, entonces yo no podría como colegio intervenir directamente, porque ¿quién abre el protocolo? El colegio tuyo o el mío, quién es el responsable directo de hacerlo.
Pero igual lo que se recomienda siempre desde el punto de vista formativo, desde el punto de vista de la legislación educativa, es que se haga un acercamiento al grupo de estudiantes y les explique: Eso está pasando con Omar y Benjamín, que son compañeros de otro lado, se están dando golpes o se están gritando, se están insultando, se están haciendo esas cosas para aprovechar, para seguir con la capacitación y la formación de los chicos en el aula.
¿Cuál es el protocolo mep sobre la responsabilidad del centro educativo o de los docentes en Costa Rica? ¿Cuál es el poder que tienen para ejecutar y decidir en estos casos de acoso o bullying?
Es muy importante que tanto los papás como los docentes sean capacitados permanentemente, además de los estudiantes, pero los papás y los docentes tienen que entender a dónde están, porque hay un tema de responsabilidad enorme, responsabilidad no solamente para los docentes, sino para el centro educativo, también para los papás y eventualmente para los menores.
TODOS son responsables y eso es importante entenderlo.
Y como responsable la ley es muy clara. En el artículo 49 del Código Niñez y Adolescencia establece que los centros médicos y los docentes, cuando tienen un niño o una niña que está en una situación de riesgo, de agresión, que está sintiendo una situación en la que está inmanejable, tienen una obligación de denunciar y denunciar a quien la norma lo dice, al Ministerio Público, no al PANI, no al colegio, no a la mamá o la abuelita, al Ministerio Público es así de serio.
Entonces, si el colegio y el docente sabe que hay una situación de riesgo muy amplia para el chico y no hace nada al respecto, puede entrar en una responsabilidad solidaria, automática.
Por otro lado, los colegios tienen también la obligación de velar y cuidar por los chicos que tienen en sus clases durante el curso lectivo las actividades extracurriculares. Entonces, si hay una situación de riesgo, yo no estoy haciendo nada al respecto. Es una responsabilidad inmediata y eso hay que tenerlo muy claro, porque efectivamente, como decís, todos se tiran la pelota de un lado a otro, es muy típico.
Yo tengo 25 años de asesorar al colegio en Costa Rica, en 25 países y es muy interesante ver cómo los chicos son iguales en todo sitio. Si hablas de alguien de Sudáfrica, alguien de Eslovenia, de Hungría, de Chile, de México, Estados Unidos, Costa Rica, todos reaccionan exactamente igual y todos los docentes también y los papás también.
Todos quieren liberarse, lavarse las manos y ese no es mi problema. No, ese chiquito, le pegaron en la casa, algo habrá hecho y se volverán a ver para otro lado. Esas situaciones no pueden quedarse así porque la norma exige aquí y en todo sitio que, si hay una situación de riesgo para el menor, hay que denunciar inmediatamente para proteger su integridad.
¿Cuáles son los protocolos si un padre afirma que su hijo sufre de bullying en la escuela o colegio en Costa Rica?
Lo primero es entender que es normal que haya un temor muy grande en denunciar. Tiene que haber un canal confidencial en todos los colegios, un canal confidencial para poder denunciar que a mí me están haciendo X o Y o a mi hijo le están haciendo X o Y.
Ya cuando se abre el protocolo y se reciba la denuncia, sea confidencial o sea directa, se va a iniciar con una investigación inmediatamente y un debido proceso.
Siempre se va a hacer una investigación, se van a recabar las pruebas, se va a hablar con los chicos, se va a hablar con las familias de ambos niños, tanto de agresor como del agredido.
Se va a hacer un intento de conocer cuál es el antecedente real. No, no es recomendable. De hecho, las autoridades piden que no se haga enfrentarlos. O sea, el tema de que Omar le pegó a Benjamín y entonces nos vamos a sentar aquí para que Omar le pida perdón a Benjamín y vos estás mordiéndote la lengua y pedís perdón a regañadientes. Y yo estoy hecho un puño porque sé que saliendo de aquí me vas a patear.
Es lógico, no es recomendable jamás enfrentarlos porque ese balance de poder se mantiene durante esa situación.
Pero efectivamente tenemos que seguir adelante cuando se demuestra la parte de protocolo, que efectivamente hubo una falta, una sanción, hay que sancionar con los medios disciplinarios correspondientes, según el colegio y la reglamentación interna, al estudiante que lo hizo con una intención de formarlo, con la intención de corregirlo y entender que esa conducta está mala para que de ahora en adelante lo hagamos de esta forma, no con la intención de castigar por castigar, sea ya para eso está el Código Penal cuando seamos adultos y si nos robamos algo, pues ya nos meterán a la cárcel. Pero en esta etapa es para que entendamos qué no tenemos que hacerlo.
Y una vez que ya se aplicó la sanción como tal y tratemos de guardar esa confidencialidad también de que cuál fue la sanción que le aplicamos al bully o al agresor.
Hay que ver cómo el centro educativo, juntamente con los padres, hacen la integración y el retorno de estos chicos a clases para que puedan seguir estudiando juntos. O sea, el niño que hizo una falta no lo vamos a expulsar inmediatamente, no necesariamente.
Hay que ver cómo los integramos nuevamente y porque incluso si se le expulsará a este colegio, tiene que entrar a otro. Entonces hay que ver cómo se hace.
¿Cuál es la responsabilidad legal que tienen los padres del agresor cuando la situación fue denunciada en el centro educativo en Costa Rica?
Hay una responsabilidad enorme y es algo que a veces los papás no entienden.
El hecho de que lo típico es que vos y yo estamos peleando y que Benjamín llegó con asustado «papá, papá, mira. Me sigue molestando, me molesta, me dice cosas y me empuja». Y el papá lo que hace es generalmente decirle: “yo no estoy criando un tontito, yo no quiero cobardes.
Vaya, usted se defiende, porque eso es cualquier cosa, eso es lo típico”. Y mandamos a Benjamín a pelear con Omar y resulta que Benjamín tuvo suerte y de una trompada te tumbé que ver un diente automáticamente. Mi papá, que tuvo la gran idea de mandarme a pelear, tiene una responsabilidad solidaria económica. Cualquier situación que un niño menor de 18 años -1 día hasta abajo, cometa la responsabilidad económica de parte del papá.
No hay una responsabilidad penal porque cada quien es responsable de sus actos. Si yo robo, yo soy responsable, si yo mato, soy responsable, pero mi papá tiene la obligación de reparar el daño.
Entonces cuando le explicamos eso, las capacitaciones que damos a los padres de familia, en el sentido de que la responsabilidad económica es enorme, lo piensan dos veces antes de seguir enviando a los hijos.
Se incitan ese tipo de ideas de agresión y adicionalmente, no se toma en serio la actitud de los profesores cuando hablan de disciplina. Te explico un caso, si yo te quiebro en la nariz, no solamente estamos hablando del costo médico, no estamos hablando únicamente de los daños médicos y el reembolso de lo que gastaste en el hospital.
También hay un daño moral. Esa broma puede costar perfectamente entre cinco y 30 millones de colones. Si estamos hablando de números grandes, a mí me pueden condenar como niño de 12, 13 años a pagar 13 millones de colones, 30 millones de colones a la familia de Omar porque le quebró la nariz.
¿Quién crees que va a pagar eso? Mi papá y mi mamá con el embargo en la casa, con el embargo, el salario con el embargo de las cuentas. Puede ser que eventualmente me pongan una sanción disciplinaria legal donde no puedo acercarme tampoco, me tienen que cambiar de colegio o la responsabilidad es enorme y eso es algo que a veces no entendemos como padres de familia.
¿Han habido muchos casos de sanciones económicas por bullying físico en Costa Rica?
A montones. Hay mucha responsabilidad en ese sentido, porque las autoridades están para eso.
Yo como abogado planteo una responsabilidad civil, una demanda por daños la voy a pagar, si es en temas penales juveniles.
Además, se hace dentro del mismo proceso porque es una acción civil que es como si fueran, como si fueran adultos. Entonces se hace un planteamiento de daños y perjuicios.
¿Qué debe hacer un padre de familia si es informado de que su hijo es acusado de bullying escolar en Costa Rica?
Hay que tener claro, y de hecho lo dijeron ahora en la entrevista previa. Ustedes estaban hablando de que hay víctimas y victimarios, pero que en realidad el victimario, el agresor, el bully, es una víctima también. Y de hecho los sociólogos hablan de que es una víctima activa.
El 90% de los chicos que están agrediendo están respondiendo una agresión previa; papá, mamá, hermanos, primos, un vecino, un amigo, alguien más grande en el colegio, un profesor que me está agrediendo.
Entonces como me está agrediendo, yo lo que hago, es cómo expulso lo que tengo adentro y empiezo a fregar y a fregar o a lastimar a alguien más como una reacción. Entonces hay que ver qué le pasa a ese chico, formarlo para que no siga sucediendo eso y castigarlo, si hay que castigarlo.
Pero entender también que necesita una ayuda inmediata y eso es algo que lamentablemente perdemos de vista cuando estamos en esas situaciones, porque pensamos que el bullying es solamente lo que preocuparse por el agredido.
¿Qué tiene que hacer el papá y la mamá cuando llega una denuncia de que Benjamín es un bully y está pasando esto? Primero que todo, sentarse y entender que está en etapa de formación.
O sea, hay que enseñarle qué fue lo que pasó, qué fue lo que hiciste mal, qué te puede pasar por haber cometido esta falta y ponerse en contacto con el centro educativo y empezar a ver cuáles son las pruebas que hay en contra de mi hijo.
Verificar porque tengo un derecho de defensa evidentemente el hecho de que digan que Benjamín hizo algo no significa que lo haya hecho. Es importante ver qué fue lo que se hizo y seguir el protocolo como tal.
Buscar un acercamiento y tratar de aplicar la responsabilidad, el mayor error, y lo digo con el mayor respeto de mis colegas y el gremio, es que papá y mamá llegan generalmente con el abogado bajo el brazo como si fuera el padre de mañana. O sea, el abogado generalmente llega a las reuniones y el abogado llega a intimidar.
El abogado llega a buscar pelea en el centro educativo, llega a tratar de intimidar el director a los profesores, hacerle sentir como que los vamos a demandar, que vamos a meternos un salacuartazo o que vamos el Ministerio Educación.
Hay que tener en cuenta que los profesores tienen que ser empoderados y lo dijo la ministra de Educación hace unos días. El problema que hay a los niños no se les puede decir nada porque se considera que los están agrediendo, tiene que haber una comunicación, por eso son las charlas tan importantes.
En estos 25 años hemos capacitado miles de miles de estudiantes en diferentes lugares, los papás entienden que somos un equipo, que los docentes y los profesores son un equipo para ayudar a sus hijos para pasar por esas cosas.
Si no lo hacen de esta forma, están exponiendo a sus hijos, lamentablemente a situaciones de adultos que son terribles porque no quieren. Nadie quiere ver a su hijo metido en la cárcel en el futuro.
¿Cómo denunciar que mi hijo está siendo víctima de bullying escolar en Costa Rica?
Busquemos el canal confidencial, ahora la ventaja es que todos son electrónicos. Entonces perfectamente pueden mandar un correo al director, a la directora y decirle que pasa esta situación.
A Omar lo están molestando de esta manera, le están diciendo cosas, hay fotografías de él dando vueltas por todos lados y ponen la denuncia para que se haga una investigación.
El colegio tiene una obligación formal y legal de proteger la intimidad del niño, tanto el agresor como el agredido. No podemos hacer pública la información de ellos, los nombres de ellos porque los exponemos a una violación de derechos fundamentales.
¿Qué hacer si un docente o profesor el que ocasiona el acoso y les grita a los alumnos?
Hay que denunciar eso. O sea, lo que estoy hablando de empoderar al profesor no significa darle cartas abiertas o cancha abierta para que pueda hacer lo que le venga en gana.
El profesor tiene una obligación como docente y como trabajador de respetar a los alumnos y seguir adelante. Si un profesor falta el respeto, inmediatamente podemos estar hablando ya de temas penales delicados y temas laborales.
Se pone la denuncia igual ante el director del colegio, que es la máxima autoridad para que se haga una investigación. Es muy posible que se haga una separación del aula mientras esto se está investigando o bien lo trasladen a otro colegio, pero si tiene que denunciar siempre.
¿Qué pasa con niños menores de 12 años que agreden a estos otros niños?
El maestro tiene responsabilidad siempre que el niño sea de tres años, o sea 17, o sea el maestro tiene la obligación. Código de Niñez y Adolescencia, artículo 49, de reportar esas situaciones a Ministerio Público cuando se están dando.
Cuando tenemos una situación en donde los agresores son chiquitos, de menos de 12 años, estamos hablando entonces de que son inimputables. O sea, no podemos aplicarles una sanción penal, no significa que no podamos aplicarles una sanción disciplinaria dentro del centro educativo.
Una vez más, para formarlos, enseñarlos, el caso tan terrible que pasó en Heredia, que ha sido muy, muy sonado que voy por ese lado la pregunta. Un niño autista se le advirtió al centro educativo que estaban con ganas de agredirlo, que estaban diciendo unos chiquitos que no se pueden enjuiciar ni se pueden acusar formalmente.
La familia del niño agredido tiene todo el derecho a demandar a los papás para exigirle la reparación del daño moral, la reparación del daño material. Solidariamente, el colegio que ya fue advertido tiene una responsabilidad.
Si es el MEP, tiene la responsabilidad como institución o como institución pública para efectos del daño. ¿Qué es lo que se hace desde el punto de vista técnico? ¿Aparte de aplicar el protocolo de bullying qué aplica perfectamente y aplicar sanciones disciplinarias?
Cuando estamos hablando de chicos tan pequeños que ya se organizan como pandillas que ya son agresivos, en esta línea hay que separarlos. Se habla con el Ministerio Educación y se le pide una intervención.
Está la Contraloría de Derechos Estudiantiles que se puede perfectamente incorporar para que vean cómo hacemos para que estos chicos los pasen a otros colegios.
Los chicos tienen que seguir estudiando, pero si ya sabemos que están unidos y que son una pandilla, que son problemáticos, hay que ver cómo los separamos para que deje de pasar esta situación.
¿Cúal es la obligación del personal docente cuando hay un conflicto de violencia dentro de la institución?
La ley es muy clara. Si una situación de violencia, de acoso, de riesgo se está dando alrededor de un niño, como hay una obligación de proteger el interés superior, hay una obligación tanto del centro educativo y de los docentes, como eventualmente de un centro médico, de hacer una denuncia formal al Ministerio Público.
Eso lo dice el artículo 49, hay que ser muy claros en ese sentido. Si no hacemos eso, entramos en un tema de responsabilidad.
¿Por qué? Porque incumplí mis obligaciones legales de proteger al entorno.
Es un tema a veces subjetivo. ¿Qué es violencia? ¿Qué no es violencia? Qué es bullying? ¿Qué no es bullying? ¿Qué es un riesgo, que no es un riesgo? Cuando estamos con esa duda, siempre pensemos lo peor.
Cuando tenemos esa duda, si esto es malo, no es malo. Mejor denunciar y que nos diga el Ministerio Público, que nos digan las autoridades esto no procede, quedarnos callados y que hay una responsabilidad y además que tengamos que lamentar un tema mayor con los chicos.
¿El colegio está en la responsabilidad de comunicar cuál será el tipo de sanción al estudiante que está causando el acoso al estudiante?
Sí, por supuesto. Y es muy importante porque no son los derechos que conocemos.
En nuestras capacitaciones, por ejemplo, tenemos 200, 300 niños. Cuando uno empieza a explicarles rápidamente, chiquillos de 11 años, de 16 años, de 15 años, de 14 años, y empiezas a explicar cuáles son las implicaciones que tienen sus actos cambian totalmente.
Hay un tema formal que se llama tipicidad disciplinaria y aplica para los adultos también. O sea, es algo donde yo tengo derecho, un derecho fundamental a estar informado.
Tengo derecho fundamental a saber que si me salto un semáforo en rojo me van a multar, que si me robo algo en el supermercado me pueden apresar, que si mato a alguien, evidentemente me va a pasar eso.
Eso es un derecho de información, los niños no saben y es el gran problema.
Los chicos no se les informa que es un derecho que ellos tienen.
- ¿Qué va a pasar si hacen algo?
- ¿Qué va a pasar si le hago una broma a mi compañero?
- ¿Qué va a pasar con el teléfono le tomo una foto mientras va al baño y la hago pública?
- ¿Qué pasa si yo me tomo una foto sin ropa y se la mando a mis compañeros?
- ¿Qué pasa si le pego a otro?
No tienen información cuando uno les empieza a indicar en las charlas que por eso son tan importantes, ustedes están expuestos a esto y esto y esto. Y el artículo 121 de la Ley Penal Juvenil los puede castigar de esta forma.
Y ustedes saben que las reglas internas dicen esto, ves cómo se empiezan a iluminar, empiezan a verse y al final de las charlas empiezan a levantar las manos, chiquillos de 11, 12 años como locos, empiezan a preguntar yo no sabía que eso era así, yo no sabía que podía pasar de esta forma.
Entonces es un tema súper importante que se les dé esa información, porque adicionalmente entramos a un tema mayor cómo solventar el tema del bullying y va por esa línea.
¿Los protocolos de acoso escolar son iguales para los colegios públicos que para los colegios privados en Costa Rica?
No, la ley 9404 que te comentaba establece que el MEP va a ser el encargado de dar protocolos a todos los colegios públicos.
Entonces va a regirse únicamente por el protocolo de actuación ministerial, mientras que los colegios privados tienen la posibilidad de hacer sus propias reglamentaciones, siempre y cuando evidentemente no vayan en contra de lo que establece el orden público, pero cada colegio tiene su propia reglamentación.
Eso sí, todos y cada uno tiene que tener una y si no la tiene, aplicará el Ministerio.
¿Cómo es la regulación y de este sexting que lleva probablemente la pornografía infantil?
La regulación está en Código Penal, principalmente la forma en que está establecida las sanciones que van a aplicar en estos casos.
Si yo cometo una amenaza que puede ser por esa línea o le falté injuriar, difamé o afecté el honor de una persona, entran injurias, calumnias, o sea, hay delitos que se pueden aplicar, que es muy importante, que es algo que me preocupa porque el tiempo siempre se nos va a espacios, son muy cortos.
El bullying tiene una solución y es muy impresionante. En los últimos 25 años, como te digo, hemos trabajado en muchísimos países con miles de niños.
Y hemos visto cómo la aplicación de algo tan simple, tan simple que se ha aplicado en Europa, logra que se baje hasta un 80% la afectación del bullying en los colegios. Y es algo tan simple como lo vemos en la televisión todos los días cuando vemos situaciones de ese tipo.
Nadie habla de los testigos, de los cómplices y de los instigadores. Todos hablan de la víctima, del victimario, del bullying y el chiquito afectado, pero nos olvidamos de que todos los que están alrededor, cuando vos ves una noticia en noticias y vos ves a las chiquillas dándose con todo y revolcándose.
Vos ves a 40 carajillos alrededor brincando y aplaudiendo y gritando y todos con teléfono y todos viendo qué es lo que pasó. Aquí hay un tema muy delicado, porque lamentablemente la doctrina y las autoridades generalmente consideran a estos chicos que están a los observadores se les llama aquí son víctimas de forma indirectas y en realidad no son víctimas.
O sea, si lo hablamos una vez más desde el punto de vista formal y legal y, además, como lo practicaban en Europa, estamos hablando que son cómplices y son instigadores.
¿Y qué es lo que pasa? Les explicamos a los chiquillos igual en las charlas cuando vos entras a robar, a robar un banco a una película, que están robando un banco y van disfrazados y van con ametralladoras y todo el cuento, siempre hay un tipo que está sentado en el carro esperando a que salgan, atisbando que se viene la policía o no.
Cuando salen los ladrones con el botín y salen a la autopista como locos, cuando la policía los agarra se llevan también al chofer, porque el chofer es un cómplice.
El cómplice es responsable, tan responsable como el que hizo, el que cometió la falta, el que está diciéndole a Omar ve y pega a Benjamín. ¿Cómo te vas a dejar Omar? Eso no es nada, pegarle a Benjamín. Omar viene como bully que es a buscar esa aceptación de la turba que está detrás de él, porque eso es lo que lo alimenta.
Cuando nosotros empezamos a trabajar y a sancionar de la misma forma a los cómplices, a los instigadores y a los testigos, la incidencia baja inmediatamente y es impresionante, de verdad. Lo he visto por tantos años, como inmediatamente ambientes están muy cargados de bullying y empiezan a bajar y bajar y bajar y bajar.
¿Cómo prevenir el bullying escolar en Costa Rica y las responsabilidades de los padres?
Es un cambio generacional. Es mucho más joven que yo, pero cuando yo hacía algo en la escuela y llamaban a mi mamá o mi papá para decirles algo, siempre era culpa mía. Aquí no había derecho de defensa automáticamente. Benjamín, ¿por qué llamaron? ¿Por qué lo hiciste?
La generación ha ido cambiando. Y entonces ahora pensamos en cómo defender a mi hijo, porque mi hijo es incapaz de hacer eso. Nosotros lo hicimos porque vos lo hiciste, yo lo hice y los papás y los abuelos lo hicieron y nuestros bisnietos lo van a hacer.
El bullying es normal, es humano, ya lo decía Thomas Hobbes el lobo hombre lobo, es muy normal que nosotros tengamos ese tema social, que es complicado, si nosotros tratamos de trasladar la responsabilidad completa de nuestra educación y de la educación de nuestros hijos al colegio, también estamos entrando en un gran error, porque los va a educar alguien que no sabemos cuáles son sus costumbres, cuáles son sus creencias.
Aquí es un tema de que la responsabilidad legal es mía en el hogar y que yo tengo que tener una relación inmediata con el centro educativo para formarlo conjuntamente, además, porque es una obligación legal de ambas partes.